Tegucigalpa, Honduras.- El Congreso Nacional (CN), aprueba exonerar de forma y transitoria multas y sanciones establecidas en la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos.
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De esa forma; autorizan “Exonerar de forma transitoria a los candidatos, movimientos internos y partidos políticos de la aplicación de multas, sanciones establecidas en la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos, y cualquier tipo de responsabilidad legal, derivada de la no presentación en tiempo y forma del Informe Financiero de Liquidación de Fondos”.
Asimismo, la medida establece que los políticos que no cumplieron tienen 30 días adicionales para presentar sus declaraciones ante la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización, una vez que el decreto de reforma sea publicado en el diario La Gaceta
Los artículos reformados son:
Los artículos 219, 248, 312, 325, 328, 373, 374, 378, 379, 386, 439, del Decreto 130-2017, de 18 de enero del 2018, que contiene el Nuevo Código Penal de Honduras
- Adicionar el Artículo 378-A al Decreto 130-2017, de 18 de enero del 2018, que contiene el Nuevo Código Penal de Honduras.
- Derogar los artículos 296, 353 y 613 del Decreto 130-2017, de 18 de enero del 2018, que contiene el Nuevo Código Penal de Honduras.
- Reformar el Código Procesal Penal contenido en Decreto No. 99-9-E, de fecha 19 de diciembre 1999 y sus reformas, mediante la modificación del Artículo 54 y la adición de los Artículos 26-B y 224-A
- Reformar los artículos 2, 26, 29, 30, y 47 del Decreto No. 144-2014 que contiene la “Ley Especial contra el Lavado de Activos”,
- Interpretar el tercer párrafo de Código Procesal Penal contenido en Decreto No. 99-9-E
No a movilizaciones
Sin embargo, los diputados en las reformas a los códigos Penal y Procesal penal sancionan como usurpación la toma de bienes del “Estado o destinados al servicio público como son el derecho de vía, carretera, calle” y otros.
Ya que; se considera usurpación de bienes la toma realizada por una o dos personas de los mismos.
Además; en Honduras, la forma usual de protestar por los ciudadanos o gremios es la toma de calles, avenidas, carreteras y otras vías públicas.
Esto; con el fin de que las autoridades gubernamentales accedan a negociar sus demandas o el cumplimiento de las mismas.
De mismo sentido; se castigará las usurpaciones de inmuebles utilizados con fines habitacionales, residenciales, agroindustriales, industriales y todo tipo de proyectos de inversión empresarial o turísticos.
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